Las Fuerzas Armadas del Ecuador en el marco del conflicto armado interno: Competencias de Fuerzas Armadas del Ecuador considerando el conflicto armado interno
DOI:
https://doi.org/10.1590/SciELOPreprints.11660Keywords:
Competencias de Fuerzas Armadas, conflicto armado interno, estado de excepción, operación militar, soberanía y seguridad nacionalResumen
En presente trabajo intentará abordar ¿cuáles las competencias normativas de Fuerzas Armadas, en el contexto del reconocimiento del conflicto armado interno o conflicto armado no internacional, (CANI) ?, así como su marco de actuación con estado de excepción y sin el mismo, considerando el desarrollo doctrinario y jurisprudencial por parte de la Corte Constitucional del Ecuador durante el año 2024 y en lo que va del 2025.
Para este efecto es importante, considerar el contexto bajo el cual el ejecutivo representado por el señor Presidente de la República del Ecuador, en su momento reconoció este conflicto, a través del Decreto Ejecutivo No. 111 del 09 de enero del 2024, ya que, de acuerdo a los registros de la historia del Ecuador, se puede afirmar que, desde el denominado conflicto del Alto Cenepa con la República del Perú, no se había declarado un estado de guerra en todo el territorio ecuatoriano. (párraga, 2024)
Por ello, realizando una rápida mirada retrospectiva a inicios del año 2024, se encontrará que a esa fecha existían graves ataques perpetrados por los denominados grupos armados organizados, a varias funciones del Estado, tales como: La Administración de Justicia, la facultad de los municipios de legalización de tierras, y la seguridad ciudadana. Y que en el fondo representan una afectación a su soberanía, entendiendo por esta última como el “…ejercicio de la autoridad en un cierto territorio, con independencia, es decir, un poder con competencia total…”. (migratoria, 2025)
Es por ello que, considerando que una de las misiones fundamentales de Fuerzas Armadas, conforme al Art. 158 de la Constitución de la República del Ecuador vigente, es justamente la defensa de la soberanía, reviste relevada importancia tratar sus competencias dentro de un marco o escenario ordinario y extraordinario de actuación o si se quiere de empleo del personal militar profesional.
Es menester dejar sentado que, no se tratará el debate doctrinario que podrá generar la existencia o no de un CANI, o si los índices trazados a nivel internacional, deben adaptarse a la nueva realidad que se vive en el mundo y principalmente en el continente americano donde es más plausible los efectos que generan las organizaciones delictivas, sino que sobre la base de los criterios y posturas emitidos por la Corte Constitucional del Ecuador (en adelante C.C.) materializados en sus dictámenes, se abordará las competencias de Fuerzas Armadas.
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Derechos de autor 2025 Geovanny Núñez Cuzco

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- http://dx.doi.org/10.36097/rsan.v1iEspecial_1.2907
- https://x.com/presidencia_ec/status/1890447186070024571?s=46&t=BBU6hbm8VBPafhI6d-3iqQ
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